El Tribunal Constitucional avala el recorte de las ayudas a las renovables

El Tribunal Constitucional ha avalado el recorte de las primas a las energías renovables aprobado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en 2013, al considerar que el Gobierno justificó "de forma suficiente" la necesidad de aprobar las medidas por la vía de urgencia. La sentencia desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno de Murcia contra varias disposiciones del real decreto. En el fallo, el Constitucional señala que las medidas aprobadas no vulneran, como alegaba el recurrente, el principio de jerarquía normativa ni los de seguridad jurídica e irretroactividad de las disposiciones sancionadoras o no favorables.

Además, el Tribunal indica que, según la doctrina consolidada, el artículo 86.1 CE habilita al Gobierno a legislar por decreto siempre y cuando resulte justificada de forma explícita la "extraordinaria y urgente necesidad" de las medidas aprobadas por esta vía. Así, destaca que según la exposición de motivos de la norma impugnada y la intervención del ministro de Industria, José Manuel Soria, en el debate de convalidación del Congreso, las medidas contenidas en el real decreto recurrido sirvieron para hacer frente al "aumento imprevisto del déficit tarifario" causado por los efectos de la crisis económica.

La sentencia rechaza también la denuncia de vulneración de principio de jerarquía normativa, al señalar que no le corresponde determinar la compatibilidad o no de un precepto legal con un tratado internacional, ni estos pueden erigirse en normas fundamentales y criterios de constitucionalidad. Además, el fallo también rechaza que las modificaciones en el régimen retributivo de las energías renovables contenidas en el derecho recurrido vulneren el principio de seguridad jurídica. A este respecto, explica que este principio, así como el de confianza legítima, no protegen "de modo absoluto la estabilidad regulatoria, ni la inmutabilidad de las normas".

No obstante, tres magistrados emitieron un voto particular, al considerar "insuficientes" los argumentos respecto al principio de confianza legítima.

EL PAÍS 45/EL MUNDO 30/ABC 47/LA VANGUARDIA 59/EL PERIÓDICO 21/LA RAZÓN 30,31/CINCO DÍAS 3/EL ECONOMISTA 1,13


(Texto de elaboración propia realizado a partir del resumen de noticias de los servicios de prensa de Moncloa)